El plazo de presentación de las declaraciones se extiende desde el 3 de abril al 1 de julio de 2024, ambos inclusive. Están obligados, los contribuyentes que hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo por importe superior a 22.000 euros procedentes de un mismo pagador. También aquellos que hayan percibido más de 15.876 euros anuales de varios pagadores, si la suma de las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, supera la cifra de 1.500 euros anuales. Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, deben presentar declaración del IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos.
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